Información general destinada a los sucesores legales de las víctimas del nazismo que presentaron una solicitud de indemnización ante la OIM /PREGUNTAS FRECUENTES

Los herederos legales de las víctimas fallecidas deberán informar a la OIM al respecto cuanto antes, y a más tardar seis meses después de la fecha de fallecimiento de la víctima, a fin de preservar sus derechos.

En la asignación de toda indemnización, la OIM debe aplicar las disposiciones pertinentes de la Ley de la Fundación alemana. No se aplica en este caso el derecho nacional en materia de sucesiones.

Si la víctima de trabajos en régimen de esclavitud o trabajos forzados recibió una primera cuota correspondiente a la categoría de indemnización apropiada en el marco del GFLCP y falleció subsiguientemente, sus herederos legales no percibirán ningún otro pago.

El plazo para presentar las solicitudes feneció el 31 de diciembre de 2001 y, desde entonces,
la OIM ya no aceptó ninguna nueva solicitud.

1. Los herederos legales de las víctimas Nazis, que presentaron una solicitud ante la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) en el marco del Programa Alemán de Indemnización por Trabajos Forzados (GFLCP) y que reunían los requisitos, que fallecieron el 16 de febrero de 1999 o después de esa fecha deberán notificar a la Organización cuanto antes, pero a más tardar en un plazo de seis meses, después de la fecha del fallecimiento del solicitante. Los herederos legales que hayan notificado a la OIM del fallecimiento de la víctima después del 15 de mayo de 2004, o más de seis meses después del fallecimiento de la víctima deberán atenerse a la estricta aplicación de la notificación de seis meses de plazo tras el fallecimiento y no percibirán ninguna indemnización. Los herederos legales que reúnan los requisitos deberán presentar una copia del certificado de fallecimiento y comunicar los datos de los herederos legales a la siguiente dirección: Programas de Indemnización de la OIM, Apartado 71, CH-1211 Ginebra 19, Suiza (Fax Nº. +41-22-798 61 50). Tras la notificación a la OIM, los herederos legales recibirán, por pliego separado, información relativa a los procedimientos que se aplicarán.

2. La Ley de la Fundación alemana rige la distribución de indemnizaciones a los herederos legales de una víctima fallecida, que reúnen los requisitos. Ello significa que no se aplica ningún derecho nacional en materia de sucesiones. La Ley de la Fundación alemana ha establecido la siguiente jerarquía para los herederos legales que reúnan los requisitos:
Ø Cónyuge e hijos supérstites, por partes iguales, O
Ø Si no hay cónyuge ni hijos supérstites, los nietos del fallecido, por partes iguales, O
Ø Si no hubiera nietos, los hermanos del fallecido, por partes iguales, O
Ø Si no hubiera cónyuge, hijos, nietos, ni hermanos supérstites, los herederos testamentarios del fallecido.

3. Si una víctima de trabajos en régimen de esclavitud o trabajos forzados recibió un primer pago correspondiente a la indemnización en su categoría, y luego falleció, los herederos legales no percibirán el segundo pago.

4. Los herederos legales de los ex trabajadores en régimen de esclavitud o ex trabajadores forzados que fallecieron antes del 16 de febrero de 1999 no tienen derecho a percibir una indemnización en el marco de la Ley de la Fundación alemana.

5. Debido a un descubierto financiero neto, del que no es responsable la OIM, los herederos legales de ex trabajadores en régimen de esclavitud y ex trabajadores forzados en el marco del GFLCP que reúnan los requisitos, no percibirán los mismos importes de indemnización que las víctimas sino únicamente el 40 por ciento de la suma atribuida a la víctima. Ese porcentaje será distribuido entre todos los herederos legales que reúnan los requisitos.

6. Los pagos a los herederos legales, que reúnan los requisitos, por trabajos en régimen de esclavitud o trabajos forzados comenzarán a efectuarse en septiembre de 2005 y continuarán hasta mediados de 2006.

7. De conformidad con la Ley de la Fundación alemana, cualquier fondo que las siete organizaciones asociadas no hayan utilizado hasta finales de septiembre de 2006 deberá ser reintegrado a la Fundación alemana: "Memoria, Responsabilidad y Futuro". Entonces el Programa habrá llegado a su término.

8. Para más información sobre los herederos legales que reúnen los requisitos, sírvase ponerse en contacto con la permanencia telefónica de los Programas de Indemnización al número: +41-22-5928230, por fax o carta a la dirección antes mencionada, o por correo electrónico a: compensation@iom.int

La permanencia telefónica funciona de lunes a viernes de 7:00 a 19:00 horas (inglés/francés) y de 9:00 a 12:30 horas y de 14:00 a 17:00 horas (para otros idiomas)

 

Para consultar las preguntas frecuentes concerniendo herederos, se ruega seleccione aquí

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


PREGUNTAS FRECUENTES

Programa Alemán de Indemnización por Trabajos Forzados / Herederos


Los sucesores legales de una persona víctima del nazismo, fallecida, que quieran conservar sus derechos deben informar a la OIM acerca de ese hecho lo antes posible o a más tardar seis meses después de su muerte


1. ¿Qué sucesores legales tienen derecho a reclamar una indemnización en virtud de Ley de la Fundación Alemana para el pago de Indemnizaciones?

En virtud de la citada Ley el cónyuge sobreviviente y los hijos de la persona que haya realizado trabajos forzados o en régimen de esclavitud, o que haya sufrido lesiones durante el nazismo reúnen los requisitos para recibir, por partes iguales, todo pago que se atribuya a esa persona a título de indemnización, si ésta falleció el 16 de febrero de 1999 o con posterioridad a esa fecha. Si esa persona no deja cónyuge ni hijos sobrevivientes, sus nietos tienen derecho a recibir la indemnización en cuestión. En caso de que no haya nietos sobrevivientes, los hermanos y hermanas de dicha persona recibirán la citada indemnización. En caso de que no haya sobrevivientes con lazos de parentesco, tendrán derecho a recibir la indemnización aludida los sucesores legales que la persona haya designado en un testamento.

Los sucesores legales sólo pueden recibir una parte de la indemnización atribuida si continúan perteneciendo a la categoría de sucesores legales, tal como los define la Ley de la Fundación Alemana, y si no existen otros sucesores legales de categoría superior.

2. El paquete con información enviado desde Ginebra a los sucesores legales de una persona que ha reclamado una indemnización por haber efectuado trabajos forzados o en régimen de esclavitud durante el nazismo contiene diversos documentos. ¿Que documentos deben presentar los sucesores legales de dicha persona?

Todos los sucesores legales de una víctima del nazismo que reúne los requisitos para obtener una indemnización deberán presentar los documentos siguientes: a) pruebas de su relación de parentesco con la víctima; b) una declaración, debidamente firmada ante notario, por la que el sucesor legal desiste de sus pretensiones; c) una declaración donde el sucesor legal dice tener conocimiento de que no existen otros sucesores legales con derecho a solicitar una indemnización a la OIM, en previsión de que en el futuro se presenten otros sucesores legales que pudieran tener derecho a reclamar el pago de una indemnización. La OIM exige además prueba de que la víctima ha fallecido (su certificado de defunción) pero basta con que uno de los sucesores legales presente este documento.

Aunque la OIM reconoce que estas exigencias representan una carga adicional para los sucesores legales, les solicitamos que envíen copia de todos los documentos solicitados, incluso de los que ya hayan enviado. Lo anterior obedece a que no se quiere correr el riesgo de que falte alguno en vista del gran número de documentos que se reciben, del considerable tiempo transcurrido entre el envío de los diferentes documentos y del elevado número de países implicados. Es también la mejor manera de asegurarse de que la OIM tiene en su poder todos los documentos pertinentes, ya que de lo contrario no podrá pagarse indemnización alguna. Les rogamos que envíen COPIAS de los documentos solicitados, NO ENVIEN LOS ORIGINALES.

2. ¿Cuándo vence el plazo para presentar los documentos exigidos?

El plazo vence a las seis semanas de enviado el paquete de documentos por parte de los herederos (da testimonio el timbre de correos). Por ejemplo, si el paquete de documentos se envía el 27 de enero de 2004, el plazo vence el 9 de marzo de 2004. No obstante, pedimos a los sucesores legales que presenten cuanto antes TODOS los documentos exigidos por la OIM.

4. ¿Todos los sucesores legales deben presentar todos los documentos exigidos?

El certificado de defunción de la víctima del nazismo sólo debe presentarse una sola vez. Pero, cada sucesor legal de la víctima con derecho a obtener una indemnización debe presentar y enviar, por separado, todos los demás documentos exigidos.


5. ¿Quiénes están facultados para oficiar de notario en el caso de los textos que figuran bajo los epígrafes Desistimiento, Declaración e Indemnización?

A este respecto se aplican a los sucesores legales las mismas normas que se aplican a la firma ante notario publico exigida en el formulario de solicitud (por ejemplo, puede oficiar de notario un funcionario municipal, una autoridad administrativa, una asociación de víctimas, el médico de cabecera de un sucesor legal que debe guardar cama, un notario público). La firma ante notario significa que a quien oficia de notario le consta que la persona que firma el documento en su presencia es la persona que debe firmarlo y enviarlo. Esto no constituye confirmación alguna de su calidad de sucesor legal.


6. ¿A qué dirección deben enviarse los documentos exigidos?

Los documentos exigidos deben enviarse a la dirección siguiente:
IOM GFLCP (Heirs), CP 174, CH-1211 Geneva 19, Switzerland


7. ¿Por qué necesita la OIM que se firmen ante notario los textos que figuran bajo los epígrafes Declaración e Indemnización?

Tras el pago de indemnizaciones a los herederos, esas declaraciones están destinadas a proteger a la OIM frente a futuras solicitudes de indemnización por parte de herederos cuya existencia no se conocía durante el proceso de tramitación del pago de indemnizaciones. En la primera parte se pide al heredero que declare no tener conocimiento de la existencia de otras personas que estén por encima de él en la jerarquía de herederos, tal como éstos se identifican en la solicitud de indemnización. En caso de que el heredero tenga conocimiento de la existencia de otros herederos y pueda ponerse en contacto con ellos, deberá enviarles copia del paquete de documentos en cuestión para que éstos también presenten los documentos exigidos, debidamente firmados ante notario. En virtud de la segunda y la tercera parte, el heredero asume el compromiso de que si aparece en el futuro un heredero que haya quedado excluido del pago de una indemnización, compartirá con éste la indemnización recibida y protegerá a la OIM en caso de que dicho heredero presente una demanda de pago de indemnización a dicha Organización. No se aceptarán enmiendas a este párrafo.

8. ¿Por qué se pide a los sucesores legales que desistan de sus pretensiones a presentar una demanda de Indemnización?
Se pide a los sucesores legales que presenten un documento debidamente firmado ante notario, por el que desisten de su derecho a presentar una demanda de indemnización, a los efectos de proteger a la República Federal de Alemania, a cada Estado Federal Alemán, y a otras instituciones públicas alemanas contra toda demanda futura de indemnización relativa a la realización de trabajos forzados o en régimen de esclavitud, o bien por pérdida de bienes.

9. ¿Qué debe hacer el sucesor legal que tenga conocimiento de la existencia de otros sucesores legales pero no sepa cómo ponerse en contacto con ellos?
El sucesor legal que tenga conocimiento de la existencia de otros sucesores legales no identificados en la carta introductoria y no sepa cómo ubicarlos, debe indicar ese hecho modificando como corresponda CON CLARIDAD Y DE MANERA LEGIBLE el texto que figura bajo el epígrafe Declaración y el que figura bajo el epígrafe Indemnización (indicando, por ejemplo, que sabe de la existencia de otros sucesores legales pero que no sabe cómo ponerse en contacto con ellos). Solamente en este caso excepcional una enmienda de este párrafo será aceptada.

10. ¿Dónde puedo obtener más información a este respecto?
Los sucesores legales que reúnen los requisitos para solicitar una indemnización pueden llamar a la permanencia telefónica del Programa de Indemnizaciones +41-22-592 82 30, de lunes a viernes entre las 07:00 hs. y las 19:00 hs. (se atiende en inglés y en francés), y de 9:00 a 12:30 y de 14 :00 a 17:00 horas (en otros idiomas). También puede enviar un fax o una carta a la dirección mencionada con anterioridad o bien a la siguiente dirección de correo electrónico: compensation@iom.int

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